Todo Beneficio tiene sus Reglamentos y Legalidades

miércoles, 15 de agosto de 2007

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

Reglamenta las relaciones entre los particulares y un estado extranjero; estudia los conflictos jurídicos planteando entre el derecho internacional y el derecho extranjero respecto de la capacidad de una persona la forma de un contrato, o el ejercicio de un derecho cualquiera. Dicta disposiciones y propone soluciones para resolver dichos conflictos; determina como se reconoce o acuerda la calidad nacional, cual es la situación de los extranjeros y de los actos que realicen, que deben hacer para que se les permita ejercer determinadas actividades en el territorio nacional". (Diccionario Enciclopédico Quillet).

Este derecho privado se encarga de las relaciones que un estado conserva con personas que no son ciudadanos suyos. Este a su vez regula la ley de cada país “Las relaciones que los extranjeros puedan tener en el, en conocimiento de su propia persona, de los bienes que posea y de los actos que este realice en el.

OBJETO DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
SEGÚN GERARDO OLIVEROS PAOLINI Su objeto es Concretar reglas aceptadas por los Estados para dirimir controversias y lograr acuerdos en beneficio de todos y de sus súbditos, así como para
preservar el orden y el respeto a los derechos de los pueblos y de
los hombres.
Su objeto es señalar, de dos o más ordenamientos jurídicos distintos, cual uno de ellos es el que se debe aplicar para resolver el asunto que se hubiera planteado.


OBJETIVOS

Los objetivos primordiales de esta ley son:

a) resolver los antiguos problemas del sistema venezolano de Derecho Internacional Privado, caracterizado por sus contradicciones entre los artículos contenidos en el Título Preliminar del Código Civil (8, 9, 10, 11 y 26), por su carácter estatutario, por la dispersión de sus disposiciones en los códigos y en leyes especiales y por el inadecuado factor de conexión personal;
b) ajustar la legislación venezolana de Derecho Internacional Privado a la realidad social del país;
c) adaptar las soluciones internas a los avances consagrados en la codificación convencional, especialmente las convenciones de La Haya y las convenciones interamericanas sobre Derecho Internacional Privado;
d) adaptar las soluciones venezolanas al desarrollo universal de la materia y a las legislaciones más recientes, que se han convertido en instrumentos válidos para el armónico desarrollo de las relaciones jurídicas entre los particulares.
Véase también…


13 comentarios:

Equipo de Trabajo dijo...

OTRO CONCEPTO DE DERECHO INTERNACIONAL
Al Derecho Internacional lo podemos definir como el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados, y otros sujetos de derecho internacional, y que son representados por su servicio diplomático. De igual forma está integrado por acuerdos entre estados –tales como tratados internacionales, es decir tratados, pactos, convenios, carta, etc. Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar. Ya sea, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales.

Celis Petit, 16.810.946

Equipo de Trabajo dijo...

hola chicos y chicas sobre la ONU le queria comentar que el término «Naciones Unidas» se pronunció por primera vez en plena II Guerra Mundial por el entonces presidente de los Estados Unidos Franklin Roosevelt, en la Declaración de las Naciones Unidas, el 1 de enero de 1942 como una alianza de 26 países en la que sus representantes se comprometieron a defender la Carta del Atlántico y para emplear sus recursos en la guerra contra el Eje Roma-Berlín-Tokio
La idea de la ONU fue elaborada en la declaración emitida en la conferencia de los aliados, celebrada en 1943, en Teherán. El entonces presidente de los Estados Unidos, sugirió el nombre de Naciones Unidas. De agosto a octubre de 1944, representantes de Francia, la República de China, el Reino Unido, los Estados Unidos y la Unión Soviética celebraron la conferencia de Dumbarton Oaks para esbozar los propósitos de la organización, sus miembros, los organismos, y las disposiciones para mantener la paz, seguridad y cooperación internacional.
JUSDARYS RODRIGUEZ
16.092.211

Equipo de Trabajo dijo...

Hola compañeros queria señalarles las Características del Derecho Internacional Privado, las cuales se basan primordialmente en:

Es un Derecho nacional en el cual cada país dicta sus propias normas de derecho internacional privado, lo cual puede llevar a conflictos entre los países.

Es un Derecho positivo ya que sus normas se encuentran en diversos textos legales, preferentemente en los Códigos Civiles. Pero también, y tal vez la más importante de las fuentes es la que se encuentran en los tratados en los que los países a través de esas convenciones determinan la forma de resolver los conflictos de leyes.

Johanna Zaa C.I. 13.834.757
johanna.zaa@gmail.com

Marlene dijo...

Hola, he leido el tema y deseo hacer mi comentario sobre la balanza de pago, pues considero que ocupa un lugar importante dentro del cmercio internacional, pues por medio de ella se registran las transacciones que tiene un país con otros paises en un tiempo determinado. Como ustedes mencionan la balanza de pagos se compone de dos cuentas principales que son la corriente y la capital y financiera, las cuales facilitan los registros de las transacciones realizadas. La balanza de pagos es muy importante, por ello existen mecanismoa de ajustes que ayudan a equilibrar la balanza de pagos y a realizar las correcciones que sean necesarias.
Marlene Torrealba
C.I.6.131.656

Unknown dijo...

hola , quiero hablarles sobre la importancia fundamental de la balanza de pago y es que esta nos da una idea de los factores que influyen sobre ella. Para ello existen distintos mecanismos de ajustes para lograr una mayor eficiencia en su estructura de las cuales podemos mencionar: la elasticidad, renta, absorción,entre otros; todos ellos ayudan a equilibrar la balanza de pagos y realizar las correciones que sean necesarias.
Yosman Castro
C.I. 15.244.796

Unknown dijo...

Hola, yo quiero hablarle sobre los acuerdos y tratados internacionales que son instrumentos estratégicos de inversiones entre Venezuela y otros integrantes de ellos.

entre muchos de los beneficios que ofrecen los tratados y convenios internacionales se encuentran la especialización en cada una de la fases del proceso productivo, la libre circulación de una arancel externo común también se aplica las leyes en igualdad de condiciones para cada uno de los integrantes, el intercambio comercial en menos costos.La integración según mi punto de vista debe comenzar principalmente por la materia económica para luego continuar con lo político, es importante resaltar que Venezuela ha formado parte de varios tratados internacionales y forma parte de los países intermedios y con ello la llegada de Venezuela al MERCOSUR, que ofrece a sus miembros una cantidad de ayuda que permite fortalecer su economía.
por tal razón es la punta de lanza a la que apunta Venezuela para alcanzar el nivel de desarrollo y prestigio internacional de sus bienes, productos y servicios.

Mariela Flores
C.I. Nº. 13642553

Unknown dijo...

Análisis de la unidad II (LEGISLACION INTERNACIONAL)
Los fundamentos legales que se deben cumplir en el comercio internacional implican el derecho internacional privado y público, que son aquellas normas jurídicas que regulan las relaciones de los estados, esta cumple con funciones triples que establecen los derechos y deberes, determinan las competencias, y reglamentan las organizaciones, entre las principales leyes destaca la Ley Orgánica de Aduanas la cual establece los derechos y obligaciones de carácter aduanero y las relaciones jurídicas derivadas de ellos, establece los derechos y obligaciones de carácter aduanero y las relaciones jurídicas derivadas de ellos, trata también de los actos de Comerció Internacionales como el Mercosur y los acuerdos derivados como lo son Venezuela-China con oportunidad de crecimiento en exportaciones e importaciones, Venezuela-Japón desarrollando la tecnología, Venezuela-Brasil basado en energía y finalmente el Venezuela y Cuba siderurgia, telecomunicaciones y agricultura.
SHAYNA ZERPA 24.284.584

Unknown dijo...

Derecho internacional público: es la rama del derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales. Balanza de pagos: registro de todas las transiciones monetarias producidas entre un país y el reto del mundo en un determinado periodo. Así mismo Los convenios ALADI, G3, MERCOSUR, ALBA, ALCA. Organización mundial de comercio: se ocupa de las normas mundiales por las que se rige el comercio entre las naciones. Organización naciones unidas: asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.
YELITZA GUANDA 22.091.431

Unknown dijo...

Derecho internacional público: es la rama del derecho público exterior que estudia y regula el comportamiento de los estados y otros sujetos internacionales. Balanza de pagos: registro de todas las transiciones monetarias producidas entre un país y el reto del mundo en un determinado periodo. Así mismo Los convenios ALADI, G3, MERCOSUR, ALBA, ALCA. Organización mundial de comercio: se ocupa de las normas mundiales por las que se rige el comercio entre las naciones. Organización naciones unidas: asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el derecho internacional, la paz y seguridad internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios y los derechos humanos.
YELITZA GUANDA 22.091.431

Unknown dijo...

Estudia y regula el comportamiento de los Estados y otros sujetos internacionales, sobre la base de ciertos valores comunes, para realizar la paz y cooperación internacional, mediante normas nacidas de fuentes internacionales, está integrado por acuerdos entre Estados, se denominan como (tratados, pactos, convenios, entre otros), como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados, que éstos reconocen como obligatoria
Frankceillys Palacios CI: 20.192.008

Unknown dijo...


El Derecho Internacional como todo derecho, se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los estados entre sí más correcto es el derecho de gentes que rige las relaciones entre los sujetos es un conjunto normativo destinado a regir una realidad social


En primer lugar tiene la de establecer los derechos y deberes de los Estados en la comunidad internacional, en segundo lugar debe determinar las competencias de cada Estado, y el tercero, ha de reglamentar las organizaciones e instituciones de carácter internacional.

Quiere decir entonces que es el ente regulador y fiscalizador de que internacionalmente se hagan valer los derechos de cada comunidad y estado con otro.

Jorman Mendez C.I 23185248

Unknown dijo...

Como cada persona tienes sus derechos y sus deberes, así mismo cada nación los tendrá. como base fundamental de las economías mundiales es la exportación esta se basaran en leyes que regularan estos actos. La Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional, CNUDMI. Establecerá reglamentos, normas, resolución de controversia, hacen laudos arbitrales, impulsaran el comercio entre las naciones, se encara de velar por el cumplimiento efectivo de las normas. Es decir, todas las naciones deben tener un comercio internacional armónico y entes que se encarguen de velar por sus derechos sin importar que tan grandes o pequeñas sean. Hay otras organizaciones internacionales que impulsan el comercio internacional: Mercosur, unasur, BRICS, OMC, G8, TLC, cumbre sur sur.
Carlos Rodríguez C.I 22.914.038

Unknown dijo...

El derecho internacional Podemos decir que es el marco normativo de gentes que rige las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional. Es esta forma las personas jurídicas y las personas naturales tienen reglas claras para comerciar en los espacios internacionales. Para ello nos valemos de los agentes aduaneros los bancos, las organizaciones internacionales como la OMC, ONUDMI, MERCOSUR, TLC ENTRE OTROS…

Podemos usar información con relación existente entre la cantidad de dinero que un país gasta en el extranjero y la cantidad que ingresa de otras naciones. Esto no sólo incluye el comercio de bienes y servicios, sino también el movimiento de otros capitales, como la ayuda al desarrollo, las inversiones extranjeras, los gastos militares y la amortización de la deuda pública con esta información de la balanza de pagos podemos tener información crucial para los negocios. Están pueden ser: Balanza Comercial, Balanza de Servicios, Balanza de Transferencias, Inversión Extranjera directa Inversión Extranjera Indirecta.